Psicologia juridica (3ra parte)



Varela, Sarmiento, Regueiro – Psicología y Ley- Una mirada integrativa al problema de la trasgresión humana, Edivern Editores. Bs. As. Argentina 2005 . Cap. El saber del Derecho Penal.

El Saber Del Derecho Penal

La Psicología En El Campo Del Derecho Penal

La peligrosidad constituye una construcción que pone a la práctica jurídica muy cerca de las predicciones esotéricas y la aleja considerablemente de conceptos psicológicos.
El imaginario social del “encierro” como clave del problema, se pone de manifiesto en su expresión paradojal: “rejas” para el castigo y las “rejas” como expresión de seguridad preventiva.

El Escenario En El Que Se Plantea El Problema De La Inseguridad

El modelo económico imperante tiene mucho que decir al respecto: como sus mecanismos de producción de riqueza generan, en un alto porcentaje de la población un elevado índice de segregación, permite la circulación de mercancías tales como armas y drogas.
En las villas de emergencia se nace, se vive, se ama, se muere (y hasta se mata) con códigos propios. Es un mundo aparte en el que hay de todo: adolescentes que inhalan pegamento, mujeres que hacen milagros trabajando con comedores , chicos que roban en los lugares que les dan de comer, los que matan por un par de zapatillas y hombres que hacen horas de cola para llenar un balde con agua potable en una canilla pública. Allí la única globalización es la de la miseria y la de la violencia, y todos parecen encerrados en una trampa de la que no se puede salir.
La búsqueda de la unificación por la vía de la interacción económica, crea problemas de diversa índole, comprendidos en conceptos tales como “flexibilización, y sus parientes “posmodernos”, identidad, minoría, etnicidad, etc.

Lo Que Es Preciso Que No Sea

Un doble juego se manifiesta para posibilitar el avance desmedido de una economía que se centra en el negocio e intenta atraer a sí, todo lo que existe, hasta el rincón último de la condición nacional. Este juego consiste en una penetración discretamente silenciosa, implacable, de una política extrema, en un escarceo de privilegios y posiciones deseadas por la mayoría, en contraste de un letargo de pasivos desecantes, que sin darse cuenta, se encontraron en un orden diferente, donde el estado, consustanciado al poder económico privado, no le garantiza ni aún el derecho de trabajo y con el derecho de la educación, salud, y una existencia digna.
El Recorrido Y Sus Consecuencias ¿Represión?, ¿Tolerancia Cero? ¿Más Cárceles?

(Loïc Wacquant) Judicialización De La Miseria: el proceso comprende el varamiento del Estado económico, debilitamiento del estado oficial, fortalecimiento y glorificación del estado penal. Del estado providencia al estado penitencia. Se inscribe en este último la doctrina de la “tolerancia cero”.

Estructura Del Conflicto

La seguridad es sin duda un importante problema de la sociedad, que se manifiesta fuera de los lugares de detención penal y dentro de ellos.
Hay una inseguridad visceral efecto de un futuro incierto. Entendido como un componente natural del sistema económico y no como la consecuencia de un desorden accidental o coyuntural.
La “seguridad” como representación social construye su imaginario sostenido en un conjunto de manifestaciones confrontadas: a) la teoría de una globalización integrativa, con la emergencia de las polaridades extremas de características xenofóbicas; b) la histórica confusión que las luchas ideológicas imprimieron a los cuerpos de seguridad en la Escuela de las Américas destinada a la capacitación de los latinoamericanos por iniciativa de USA y que borró las barreras entre los conceptos de defensa y seguridad, entre otros males, una política militarizada. c) el principio de la selección natural se traslada a la economía suponiendo ser la práctica en la cual se apoya la economía de libre mercado.

Opiniones Para El Abordaje Del Problema

La inseguridad generada por las condiciones impuestas por la aplicación del modelo económico actual. Modalidades, que intentan dar cuenta de esos efectos nocivos. Esas prácticas  configuran un espacio de interrelación dinámica entre el estado y la sociedad, poniendo en movimiento mecanismos capaces de comenzar a dar cuenta de la situación promoviendo fundamentalmente la constitución y perseverarían del lazo social con prescindencia de las tendencias discriminatorias propias de la consecuencia de la denominada “mano dura”: más penas, más cárcel, más castigo y menos reparación, más castigo y menos re asimilación. Una justicia más reparadora y restauradora, sería lo ideal, capaz de priorizar la participación comunitaria, así como el lugar de la víctima y el ofensor.
Modelo De Justicia Evolutiva: con una dinámica que implique el conflicto como vehiculizador del consenso promotor de un estándar moral colectivo. Es importante apuntar a los efectos del delito.

Paradigma Reparador = Justicia Que Cura

Consideración de las víctimas en todas sus expresiones:
  1. víctimas primarias
  2. sus allegados
  3. allegados del ofensor

Intervención directa de la comunidad en la situación ofensiva. Aceptación de la relación: inseguridad-vulnerabilidad-hecho violento.
La mediación penal es el instrumento privilegiado con el cual dar vida a la justicia reparadora.

El Defensor De La Seguridad

El defensor de la seguridad es un funcionario que será elegido por mayoría simple de votos en una asamblea denominada Foro comunitario en todos aquellos municipios que así lo determinen, el mismo estará integrado por entidades comunitarias e integrarán un registro de entidades elaboradas por la municipalidad el partido al que pertenezcan.

Las Reglas De Tokio: se remarcó la necesidad sobre el uso de medidas no privativas de la libertad, ya que las mismas mejoran las decisiones, administración, credibilidad y aceptación de los sistemas de administración de justicia.

Nuestro Servicio De Prueba
Ley 24.316 suspensión del juicio a prueba.
Las estadísticas indican un crecimiento sostenido desde el momento de su implementación (1994) , cada vez son más los tribunales orales que la aplican, dado que en caso de no reincidentes, resulta más beneficioso la aplicación del instituto, que la condena en suspenso.

Respecto De La Justicia Restaurativa

El sistema penal está sostenido en una concepción de justicia retributiva donde la justicia es vista como una responsabilidad de los profesionales y los delitos como acciones en contra del Estado.
Mientras que la justicia restaurativa busca transformar el sistema de justicia penal, al reconocer que las víctimas en particular y la comunidad en general sufren daños por las acciones delictivas que los ofensores deben tomar responsabilidad por su conducta y que se les debe dar una oportunidad para reparar el daño ocasionado. La mediación y otros procesos facilitadores de consenso ofrecen herramientas para tender a la colaboración y favorecer el cambio en la justicia penal.
Las innovaciones de la justicia restaurativa en los sistemas penitenciarios y de justicia penal ofrecen actitudes y métodos que se central en la prevención, la reparación del daño causado y la participación colaboradora de la comunidad. Las víctimas tienen papeles más amplios, las variadas formas de participación comunitaria, las interacciones interpersonales facilitadas y de grupo, proporcionan nuevas formas capaces de reducir los tradicionales métodos adversariales.
La clave de estos programas estaría dada en la modificación de las relaciones con los otros  estaría dada en la modificación de las relaciones con los otros en el sentido de un “proceso” en el que las actitudes, aptitudes, destrezas y técnicas de la mediación y la facilitación de grupos serían herramientas de gran valor.
La propuesta es incluir más a la comunidad en la resolución de sus propios problemas.
La justicia restaurativa es un modelo que apunta hacia el futuro enfatizando la resolución de problemas, en lugar del “castigo retributivo”.
Las metas, los objetivos de la justicia restitutiva son:
  • un papel más extenso para las víctimas
  • amplia participación de la comunidad
  • responsabilidad y reparación por parte del ofensor

Se supone como consecuencia de su aplicación un control más eficiente del delito y una reducción en el uso de las instituciones penales.
Las medidas restaurativas se centran en la reparación del daño y la reconstrucción de las relaciones personales, como contrapartida del castigo, la expulsión, la vergüenza y la venganza.
Los ofensores deben enfrentar las consecuencias de sus acciones con toda la profundidad que cada situación requiera, frecuentemente de cara a cara con la víctima y en la reparación de la ofensa provocada. Se trata de la mediación de los resultados, de determinar cuánto pudo reparar el daño ocasionado, no de cuánto castigo le fue infringido. En vez de ir a la cárcel, el ofensor encontraría frente a sí a quien sufrió su ofensa en una sesión de mediación; participaría de programas educacionales, podría sentarse con miembros de la comunidad, la familia y profesionales de la justicia penal mientras que su sentencia es discutida y acordada, trabajando luego en la comunidad proporcionando un servicio necesitado por la gente y como modo de compensación.

Consenso Grupal

El Consenso
Es acomodar los intereses de todos los participantes en un proceso al tomar decisiones, solucionar problemas o resolver diferencias.
Facilitación De Grupo
Refiere al uso de una o varias personas que ayudan a un grupo.
La Mediación Víctima-Ofensor
Es un proceso en el cual la víctima y el ofensor se reúnen cara a cara con un mediador entrenado quien es un facilitador de la comunicación entre los participantes.
Las “víctimas” obtienen una sensación de cierre con respecto al incidente al liberar su ira y otras emociones.
Los ofensores están obligados a ver a sus víctimas como personas, no sólo como un objeto aleatorio. Tiene la oportunidad de responsabilizarse, reducir la vergüenza dañina y hacer restitución, frecuentemente evitando el encarcelamiento.
Los programas de mediación víctima-ofensor se usan más frecuentemente en casos de asaltos penales menores, delitos contra la propiedad tanto para adultos como para jóvenes.
Mediación Referida Por Un Tribunal
En lugar de tomar parte en un largo proceso de audiencia administrativa con la posibilidad de que termine en la encarcelación o la libertad condicional, las partes involucradas se reúnen, con mediadores entrenados, para discutir acerca del delito en cuestión.
Círculos De Sentencia
Utilizando grupos comunitarios para decidir cómo resolver un delito. El concepto proviene de las culturas aborígenes nativas y se ha adaptado con éxito en las comunidades caucásicas.
Existen varios tipos de círculos: de conversación, curativos, comunitarios y de sentencia tribunal, cada uno de ellos tienen una función propia un ofensor es desviado a un círculo o a un programa de mediación por la decisión de un comité de justicia comunal.
Los comités se componen de miembros de la comunidad y profesionales judiciales. El comité desarrolla procesos y toma decisiones respecto de la derivación de los ofensores a programas de desviación. A través del tiempo, las comunidades se han dado cuenta de que para el éxito de la implementación de las decisiones funcionara el personal debía ser asalariado.
Los círculos de sentencia, requieren la participación de un grupo que incluye: la víctima, el ofensor, sus familiar, grupos de apoyo, representantes de las agencias de salud, educación, servicio social y justicia, miembros de las agencias de salud, educación, servicio social y justicia, miembros interesados de la comunidad y los ancianos.
Las Conferencias De Grupos Familiares
Son sesiones facilitadas para la comunidad de personas afectadas por un delito o conducta nociva, similares a los círculos de sentencia, reúnen a las víctimas, los ofensores, miembros de su familia, amigos, otros miembros de la comunidad con afinidad al tema y personas (profesionales) con recursos para establecer un intercambio de ideas respecto de la situación que el injusto ha provocado a los asistentes y a la comunidad en general. El grupo es el encargado de decidir cómo será reparado el daño.
Hay “poder” en pedir disculpas.
Edificar el sentimiento de preocupación y comunidad puede ser mucha más satisfactoria que derribarlo.
Libertad Condicional Reparatoria
Es una alternativa a la libertad tradicional y da a los ofensores condenados por delitos no violentos una oportunidad para reparar el daño hecho por sus acciones.
Las asignaciones reparativas tienen 4 metas:
  • restaurar y sanear a la víctima del delito.
  • compensar  a la comunidad a través del trabajo comunitario.
  • aprender acerca del impacto de su delito sobre la víctima.
  • aprender maneras de evitar la reincidencia.
Acción Policial Comunitaria: es el cambio productivo, permite a la policía y a los residentes de la comunidad trabajar juntos en nuevas formas para resolver problemas creados por el delito, el desorden físico y social y la descomposición de los vecindarios.

Sarmiento, Varela, Puhl, Izcurdia – La Psicología en el Campo Jurídico – Cap. Relación entre Psicología y Ley, acuerdos y desacuerdos- Pág.155

Relación Entre Psicología Y Ley, Acuerdos Y Desacuerdos
Recorrido Histórico: en relación al origen del vínculo entre Psicología y ley  hacia fines del siglo XIX  surgió la preocupación por explicar las motivaciones de las conductas transgresoras a la ley positiva.
Así se creó una corriente de opiniones sobre el presunto carácter patológico de las manifestaciones o lesiones cerebrales capaces de predeterminar desde el nacimiento la conducta del delincuente.
Tal origen trajo como análisis el estudio de anomalías físicas y psíquicas de los criminales con el objetivo de evidenciar características constantes capaces de individualizar un determinado tipo humano.

Los precursores, los primeros en ocuparse de la cuestión criminal, fuero los psiquiatras franceses Pinel y Ferros. También Ferrarese y Virgilio. Todos ellos hablaban de la naturaleza morbosa  de los crímenes como insensibilidad moral, impulsividad, imprevisión y falta de remordimiento.

Lombroso Y La Escuela Positiva: Lombroso fue el comienzo de la fase científica de la criminología de la que luego surgirá la Psicología Forense. Trata de agrupar y clasificar los rasgos psicológicos del hombre de talento y consecuentemente se preocupó por identificar las mismas cualidades de una precisa formación morbosa, la epilepsia, con el fin de establecer un paralelo y un consiguiente diagnóstico común.
Lombroso dio forma con precisión y espíritu analítico a la figura del criminal nato, en el cual las anomalías intelectuales y las carencias de moralidad sería fruto inmodificable de las alteraciones orgánicas.

Teorías Biosociológicas Y Teorías Psicológicas E Individualistas

Teorías Biosociológicas
FERRI. El ambiente social daría la forma al delito que tiene su base en el factor biológico. Son los estímulos sociales que actúan sobre sujetos biológicamente predispuestos.
Teorías Psicológicas E Individualistas
Lo importante son los valores individuales.

La Relación Entre La Psicología Y La Ley
Psicología: es la ciencia que estudia la conducta humana.
Ley: norma jurídica general expresada mediante la palabra, que ha sido creada por un proceso determinado y por un órgano legislativo.
Derecho: conjunto de leyes, preceptos y reglas a que están sometidos a los hombres en su vida social, es la ciencia que estudia las leyes y su aplicación.
Dentro de este sistema de normas, se encuentra al hombre viviendo en sociedad. El hombre se constituye en sociedad porque necesita satisfacer requerimientos colectivos que no podría alcanzar como individuos aislados o como entes en soledad. Las sociedades, sin embargo siempre hay dispersión y fragmentación de conflicto y violencia, así aparece el control social, entendido éste como la influencia  de la sociedad que delimita las conductas de los individuos. No existe una sola cultura en el mundo donde esté permitido todo.
Justicia: dar a cada uno lo que le corresponde.

Relación Entre Psicología Y Ley
Convergencias
Divergencias
1)  La psicología puede ser el fundamento de la ley positiva.
2)  La psicología actúa como auxiliar de la ley positiva.
3)  La psicología y la ley comparten su objeto de estudio, en la medida en que el comportamiento legal es objeto de estudio en sí mismo o en la medida en que la situación legal es elegida como laboratorio para el estudio de la conducta humana.
4)  La influencia de la ley sobre el comportamiento humano.
Debe decirse que para la ley el sujeto es causa fundamental de sus actos. La ley se centra en que el acto es consciente y voluntario, es decir, intrínsecamente determinado. En cambio, la psicología sin negar necesariamente estos atributos, afirma que ésta es una visión muy estrecha  de la conducta pues la misma está determinada principalmente, por las circunstancias y por el aprendizaje.


Basaglia, F.: “La criminalización de las necesidades”, en Los crímenes de la paz, México, Ed. Siglo XXI, 1987.

La Criminalización De Las Necesidades

Hay dos tipos de guerra: imperialismo versus antiimperialismo y una guerra cotidiana que es la guerra de la paz que se da en psiquiátricos, escuelas, hospitales, donde se perpetúan crímenes en post del orden
 Criminalizar las necesidades es enfrentar la criminalidad con violencia. A que el sujeto que enferma porque sus necesidades básicas no son satisfechas culmina desviándose de la norma, transformándose en un sujeto peligroso. Su rehabilitación es delegada a la institución donde el castigo se criminaliza.

Foucault, M.: Vigilar y Castigar, México, Ed. Siglo XXI, 1987.Cap. El castigo generalizado.

El Castigo Generalizado

 Siglo 17. Los crímenes eran î violentos î sangrientos y de î agresión física. Los criminales eran hombres agotados y mal alimentados. Y el castigo era un suplicio como réplica del crimen.

Siglo 18. Se caracterizaba porque los crímenes eran contra la propiedad, los criminales hombres marginales y astutos y el castigo la defensa de la sociedad.
La reforma implicaba establecer una mejor distribución de poder (castigar mejor) que éste esté repartido en circuitos homogéneos con una mayor regulación para que el efecto sea que disminuyan el costo político y económico.
El crimen y el castigo es un nuevo concepto de castigar. El castigo es igual a desorden, el castigo refiere a desorden futuro por lo tanto la pena debe ser en función de su repetición posible.
Reglas para castigar

Cantidad Mínima
El castigo excede el beneficio obtenido con el crimen.
Certidumbre Absoluta
Leyes que se publiquen
La justicia vigile
Conocimiento público de que se condena o libera a una persona
Efectos Laterales
Se le hace creer a los demás que el culpable fue castigado.
Especificidad Óptima
Código que defina delitos y fije penas
Idealidad Suficiente
Crea la idea de dolor.
La Verdad Común
La verdad del delito debe ser probada

Para que funcionen las penas debe hacer atractivo  el delito y de la pena algo terrible, una pena con un tiempo límite, que sea una retribución del culpable sobre los ciudadanos y sea el soporte del ejemplo.

En relación a la prisión y la pena ésta es una pena más, como castigo específico de ciertos delitos o para que algunas penas se ejecuten, es incompatible con la técnica de la pena-efecto.

Las formas de castigar pueden ser varias: j como ceremonial de soberanía, por sobre la ley está el soberano, de k reforma, donde el castigo recalifica al sujeto como sujeto de derecho y l la institución carcelaria, el castigo como técnica de coerción (contención, dominación).

Pavarini, M.: Cárcel y Fábrica, México, Ed. Siglo XXI, 1986.

Cárcel Y Fábrica
 Sistema Canónico. La sanción era cumplir la penitencia en una celda hasta que el culpable se enmendara. La penitencia se transformó en sanción penal con reclusión por tiempo indeterminado (silencio-calabozo-sufrimiento físico). Se caracterizaba por la meditación, un contacto más estrecho con el culto y la vida religiosa, una separación total del mundo. El objetivo de la pena era el arrepentimiento, la enmienda ante Dios.

Pre-Capitalismo. La cárcel no existía como tal. En el feudalismo la justicia divina era el modelo por lo tanto no había límite para ejecutar la pena. No existía la idea de trabajo medida por el tiempo (no había un trabajo asalariado). Por lo tanto la pena era retribución: intercambio medido por el valor. , por lo tanto no hallaba en la privación del tiempo un equivalente del delito. Se hacía una privación de los bienes socialmente considerados como valiosos: pérdida de status integridad física dinero la vida.

Control Capitalista. Surgimiento de la cárcel como pena. A fines del siglo 19 mediados del 20 ha disminuido la población carcelaria, por la causa de las medidas penales sin pérdida de libertad (probation). En el neo-capitalismo  el control será ejecutado por estructura de la propaganda medios de comunicación asistencia social red policial.

Hacia Dónde Va La Cárcel. Se irá transformando en un organismo productivo propiamente dicho (siguiendo el modelo de la cárcel). Es cada día más un instrumento de terror, inútil para la readaptación social.

Varela, Sarmiento, Álvarez: Psicología Forense, Bs. As., Ed. Abeledo Perrot, 1993, Cap.11 y 13.

Capítulo 11: Instituciones Cerradas

Ÿ Una institución es una organización conformada en función de un objetivo común y tiene normas y pautas para alcanzar dicho objetivo.
Hay cuatro tipos de instituciones: para Ÿ aprender Ÿ producir  Ÿ salud  Ÿ tiempo libre.
En relación a la institución y la sociedad la primera debe estar dentro de ella.
Una institución cerrada lo es para la comunidad ya que tiene el objetivo de aislar sus productos “enfermos” que no se adaptan al estilo de vida elaborado por esa sociedad. En una institución total y cerrada el hombre, aprende, trabaja, estudia y necesariamente posee espacios de tiempo libre, pues son organizaciones “para-sociales” es decir, que están al lado de la sociedad unidas por un frágil eslabón.
El objetivo de la institución cerrada es: Ÿ el encierro usado como protección para el que queda fuera de la institución y  Ÿ como método de control social usado por la gente de “poder” que elabora leyes autoprotectivas  y aíslan a los grupos minoritarios que no obedecen.
En relación a quienes custodian son sujetos extraídos de la misma clase social que los transgresores entonces la institución además de marginar elementos nocivos, controla elementos potencialmente peligrosos convirtiéndolos en “celadores”.
En alusión a la seguridad de la institución cerrada y total en la mayoría de los casos es militarizada, como si la seguridad tuviera que ser mantenida sólo por la fuerza.

Capítulo 13: Pena De Muerte

Pena: Origen Y Objetivo: el tema de la venganza social hacia el ofensor por la violación cometida a la sociedad en que está inmerso, ha dado como resultado la pena, la cual en sus inicios tuvo el objetivo de mostrarse como un castigo ejemplificador hacia el trasgresor de la norma. Siempre el objetivo de la sanción es el alejamiento social de aquel que no se adapta a la norma, o sea, aquel que no acata la organización social.

Talión: La Primera Pena De Muerte: el paso del tiempo fue trayendo un refinamiento en la sanción y el principio de justicia creyó encontrar su equidad en la ley del Talión o sea el ojo por ojo, provocar al ofensor el mismo sufrimiento que él infringió, lo cual trae aparejado en la sanción, una justa retribución de la violación, pero por primera vez aparece la legitimidad de la pena de muerte al matador.

Más Desarrollo: Se Mejora La Forma De Matar: el desarrollo hace que no se tienda a castigar más, sino mejor, se comienza a depurar la técnica de la muerte, llevando a concebir  diferentes formas de matar al ofensor social, no sólo de acuerdo al delito que cometía, sino también hacia quien iba dirigida la ofensa.

Revolución Industrial: Cárcel Por Pena De Muerte: la revolución industrial cambia la política social  y por ende la política criminal, encuadrándola dentro de una sociedad productiva y consumista, en el cual el valor vida pasaba a ocupar un rol importante pues se transformaba en el sostén del sistema todos deben estar al servicio de la sociedad productiva, por lo cual la pena de muerte y segregación social es revisada y modificada. Así aparecen las instituciones de reclusión como establecimiento de trabajo. Son una transacción entre *- el reclamo de la sociedad  por castigar y alejar el elemento nocivo de ella y *- de contar con elementos que sustenten la producción de insumos básicos.

Pena De Muerte Como Amenaza Social: el calor vida pasa a quedar relegado por el valor producción de tal manera que el sujeto es valorado por lo que produce, y la pena de muerte pasa a convertirse, más en una amenaza social que en una sanción efectiva. Y esta sanción pasa a ser reservada como última instancia a los sujetos “no recuperables”.

La Alternativa Frente A La Trasgresión: la alternativa es intentar la contención a partir de la integración comunitaria de los sujetos transgresores, es decir, la propia comunidad tratando de asumir y aceptar que los sujetos no son diferentes, sino que la organización social los ha marginado, los ha dejado fuera del sistema y encontrar juntos una manera de que sirvan sustancialmente a esa sociedad.

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